Ya sea que estés a punto de prenderte un pitito o estés cotizando un pack de cultivo de cannabis, es probable que muchas veces te preguntes si la marihuana es legal en Chile o no. La respuesta podría ser más clara, pero les encanta ponernos las cosas difíciles. Por eso, acá te voy a traducir la famosa Ley 20.000 a algo que todos podamos entender.
Si te da flojera leer todo, pásate directo a la sección de “La Ley 20.000 ahora” y mira las “Recomendaciones del tío Astro”
La Ley 20.000 es la que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Se promulgó el año 2005 bajo la presidencia de Ricardo Lagos para actualizar la legislación a la realidad nacional.
Según la RAE son sustancias que alteran la sensibilidad y pueden producir efectos estimulantes, deprimentes, narcóticos o alucinógenos, y cuyo uso continuado crea adicción. En general son opioides (derivados del opio) y también se pueden conocer como narcóticos.
Algunos ejemplos de estupefacientes son la morfina, la metadona, la heroína o la cocaína.
Son estupefacientes, aunque en 1971 se hizo una división un poco forzada por presión de las farmacéuticas. Según la RAE son sustancias psicoactivas, que produce efectos por lo general intensos, hasta el punto de causar cambios profundos de personalidad. Actúan sobre el sistema nervioso central, causando cambios temporales en la percepción, el ánimo, el estado de conciencia y el comportamiento.
Algunos ejemplos de psicotrópicos son anfetaminas, antidepresivos, LSD, MDMA y el dronabinol, que es un isómero (compuesto químico) del THC o tetrahidrocannabinol, importante ingrediente del cannabis
En 1971 la ONU firmó la Convención sobre sustancias psicotrópicas, la cual Chile firmó y promulgó el 31 de mayo de 1990. En ella se busca limitar la fiscalización de sustancias psicotrópicas para su su uso medicinal y científico. Esto bajo la presión de grandes farmacéuticas que querían bajar la fiscalización sobre la producción y comercialización de anfetaminas, benzodiacepinas y otras drogas.
Actualmente, el dronabinol se ubica en la lista II de esta clasificación. La segunda más restrictiva de todas, que incluye:
Estupefacientes que presentan un riesgo de uso indebido y que constituyen una amenaza grave para la salud pública, con un valor terapéutico de bajo a moderado.
Convención sobre sustancias psicotrópicas de 1971, Organización de las Naciones Unidad (ONU)
Una investigación científica posterior de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el dronabinol recomendó en 2002 una nueva clasificación de la sustancia a la Lista IV (la menos restrictiva) argumentando que:
“… el riesgo de abuso del dronabinol no constituye un peligro sustancial para la salud pública de la sociedad”
Expertos en psicotrópicos de la OMS, 2002
Sin embargo, las presiones políticas no han permitido que se hagan modificaciones hasta la fecha, aún cuando se han vuelto a solicitar cambios de lista en varias oportunidades.
La primera ley chilena en prohibir el tráfico de drogas fue la Ley 17.934, promulgada el 16 de mayo de 1973. En ella se reprime tráfico de estupefacientes, sin incluir a los psicotrópicos. Con ella se convierte en delito la producción y venta de muchos narcóticos que hoy nos recetan los doctores y los psiquiatras como si fueran aspirinas. Otro mundo, ¿no? Esta ley se derogó el 4 de marzo de 1985, probablemente con presiones de las farmacéuticas.
La Ley 18.403 fue promulgada el 4 de marzo de 1985, y pasa de reprimir a sancionar el tráfico ilícito de drogas y estupefacientes. Acá empiezan a preocuparse sólo por la producción y venta ilegal, dejando la puerta abierta para que las farmacéuticas puedan trabajar con todas estas sustancias sin problemas.
Todavía no se hace una distinción con los psicotrópicos, así que la cannabis está en un mundo muy gris donde sólo depende de que sus compuestos se consideren estupefacientes para prohibirla.
La Ley 19.366, se promulgó el 29 de septiembre de 1994, derogando la anterior. Ella sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Esta es la primera vez que se hace una distinción entre ambas categorías tomando como referencia la Convención sobre sustancias psicotrópicas de 1971 que Chile había firmado 4 años atrás.
Con esta ley continúa la diferencia entre quienes cuentan con permisos legales y quienes no. En el fondo, las farmacéuticas pueden hacer y deshacer con estas sustancias, pero la gente de a pie y otras organizaciones no.
Durante la presidencia de Eduardo Frei, el 2 de diciembre de 1999, se lanza el proyecto de Ley 20.000 en la Cámara de Diputados el, que vendría a derogar la Ley 19.366. Se crea para robustecer las penas para organizaciones criminales. También, busca facilitar y regular la investigación en torno a los estupefacientes y psicotrópicos. Por otro lado, quiere dar una protección real a quienes colaboren con la justicia para dar con quienes realizan tráfico de drogas.
Con esta ley se redefine qué sustancias se consideran drogas, se define la ilegalidad de su consumo en lugares públicos, el tráfico, y establece las sanciones para quienes infrinjan el reglamento.
Desde el 2005 hasta ahora la ley 20.000 ha sido cuestionada y se le han hecho varias modificaciones. En general, se ha destacado que es bastante ambigua en ciertos aspectos. Por ejemplo, no penaliza el consumo de marihuana en recintos privados, pero si el cultivo, la compra y la venta.
En otras palabras, puedes consumir en tu casa u otro lugar privado, pero solo si aparece por arte de magia. Al final, todo queda a criterio del juez, por lo que puede haber pequeños cultivadores presos y verdaderos narcotraficantes libres.
El 7 de diciembre del 2015, la Presidenta Michelle Bachelet lanzó el Decreto Supremo 84. Con él se modifican los Decretos Supremos 404 y 405 que regulan los estupefacientes y psicotrópicos. Sus artículos son:
1º Reemplázase el artículo 5º por el siguiente:
“Sin perjuicio de lo anterior, en casos calificados y para fines de investigación científica, el uso de estas substancias podrá ser autorizado por el Instituto de Salud Pública de Chile, en las condiciones que determine la resolución correspondiente.
Con todo, el Instituto de Salud Pública podrá autorizar y controlar el uso de cannabis, resina de cannabis, extractos y tinturas de cannabis para la elaboración de productos farmacéuticos de uso humano.”.
Decreto Supremo 84, 2015
En chileno, lo anterior significa que ahora sí se puede investigar y usar cannabis para fines medicinales con permiso del Instituto de Salud Pública (ISP).
2º Agrégase en el artículo 23 un nuevo inciso 6º del siguiente tenor:
Decreto Supremo 84, 2015
“Las especialidades farmacéuticas que contengan cannabis, resina de cannabis, extractos y tinturas de cannabis podrán expenderse al público en farmacias o laboratorios mediante receta médica retenida con control de existencia.”.
En chileno, esto significa que se puede producir y vender derivados de cannabis con receta médica en farmacias y laboratorios.
Este decreto, además, dio el pie para autorizar su cultivo con fines medicinales. Gracias a él, organizaciones como Fundación Daya pueden realizar cultivos a gran escala para pacientes medicinales con la autorización del Servicio Agrícola Ganadero (SAG)
Hoy, puedes cultivar cannabis en un lugar privado, siempre y cuando puedas demostrar que es para uso personal y próximo en el tiempo. La mejor forma de hacerlo es teniendo una cantidad razonable de plantas y una receta médica. En caso de no poder demostrarlo o que te toque un juez muy estricto, te arriesgas a multas entre 40 y 400 UTM y entre 3 y 20 años de prisión.
“Cuando es un cultivo efectuado para tu uso, aunque sea en colectivo, es legal dentro de la Ley 20.000 hoy día”
Ana María Gazmuri, Fundación Daya
La Ley 20.000 sigue considerando una falta (no un delito) el consumo de marihuana en lugares públicos (calles, plazas, pubs, estadios, cines, teatros, bares, entre otros). Por lo mismo, no tiene penas de cárcel, pero sí las siguientes sanciones:
Según la Ley 20.000, también es ilegal regalar o vender marihuana o cualquiera de sus derivados sin la autorización del Instituto de Salud Pública.
Como la ley depende mucho del criterio del juez que tome el caso, es importante que estés ojo al charqui con noticias sobre sentencias judiciales. Esto, porque cada una de ellas se va a considerar como un Precedente Judicial para futuros casos. En chileno, esto quiere decir que si sentencian a cárcel a alguien por tener 15 plantas con receta médica, al próximo que pillen con esa cantidad probablemente le pase lo mismo.
Como sabemos ya que la justicia en Chile varía mucho según el acusado, te voy a dar algunos tips para que no tengas que estar pasando sustos por la vida:
Primero que todo, respira profundo y recuerda tu derecho a:
Es tu derecho acceder a un Juico Oral en que te permitan declarar y demostrar que tu cultivo es para uso personal y próximo en el tiempo, y ser absuelto. Nunca aceptes salidas alternativas o accedas a procedimientos abreviados que te obliguen a afirmar que tu autocultivo tenía algún otro fin que el tratamiento medicinal.
Contacta con la Defensoría Cannábica si necesitas asesoría, ayuda, un abogado o, incluso, simple apoyo moral. En este mundo cannábico estamos todos unidos y es bueno que aprovechemos todas las redes de apoyo que han surgido de manera desinteresada en Chile.
El proyecto “Ley de Cultivo Seguro”, creado por Fundación Daya y Mamá cultiva, propone la modificación al Código Sanitario, permitiendo que la receta médica sea una herramienta válida para la plantación, cultivo y cosecha de plantas, sin el temor de detención o incautación
Ana María Gazmuri, Fundación Daya
Se encuentra en tramite el Proyecto de Ley de Cultivo Seguro que modificaría la Ley 20.000. Impulsado por Fundación Daya y Mama Cultiva, busca permitir que la receta médica se defina como una herramienta legal y válida para el cultivo, la tenecia y el consumo de marihuana.
Ana María Gazmuri, en algunas entrevistas, aclara que el proyecto no quiere despenalizar el consumo:
“como fundación estamos proclamando esto: en Chile el autocultivo es legal hoy día. Lo que viene a hacer este proyecto de ley es definir y enmarcar más esta legalidad, para que no quede a disposición de un juez, determinar si es personal o no el cultivo de cannabis”
Ana María Gazmuri, Fundación Daya
En ese sentido, pese al apoyo de 21 diputados y 7 senadores de diversos flancos políticos, el Colegio Médico manifestó, en un informe publicado en junio del 2019, el rechazo a recetar marihuana aduciendo “falta de respaldo científico”.
Actualmente, de ser aprobado el proyecto pasaría a su segundo trámite constitucional para ser discutido en la Cámara Alta.
El 9 de junio de 2020, Sebastián Piñera presentó el Proyecto de Ley Antinarcos. Según él mismo lo planteó, tiene los siguientes objetivos:
Sobre este Proyecto de Ley que modifica la Ley 20.000, Fundación Daya ha acusado que puede criminalizar a usuarios y cultivadores medicinales. Acusan que en el último tiempo ha habido un gran aumento de allanamientos e incautaciones autorizadas por el Ministerio Público.
La mayoría de las víctimas han sido mujeres y madres cultivadoras. En la mayoría de los casos son denunciadas por sus ex-parejas en medio de juicios de pensión alimenticia y tuición.
El escenario es crítico, en sólo estos cinco meses que llevamos del 2020, los casos de criminalización de usuarios medicinales de Cannabis superan la suma de los años 2019 y 2018
Fundación Daya
El Proyecto de Ley Antinarcos que modifica la Ley 20.000 actualmente se encuentra en discusión en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. Tiene tres aspectos que preocupan a la comunidad cannábica:
Por ahora, solo queda estar atentos a ver posibles cambios futuros. Vuelve a esta entrada cuantas veces quieras, voy a estar actualizando constantemente.
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Hola soy mama de un adolescente que ya esta fumando marihuana y la verdad es que pienso que no va a parar, por lo tanto me preocupa que vaya a comprar alguna porquería que venga con químicos y lo haga adicto a otras drogas mas fuertes, además que se exponga a tratar de conseguirla de gente inescrupulosa. Mi pregunta es existe de verdad una diferencia entre lo que venden en la calle y lo que tu puedas cultivar ??
Hola eve, tengo 23 años yo y he fumado desde los 18 a veces más o menos.
En todos los años que he consumido ha variado mi proveedor y debo admitir que la calidad si cambia respecto de un vendedor u otro. Es común hoy en día echar químicos a las plantas de marihuana para acelerar su proceso (ya sea floración u otro) en si echarle algún químicos para que sea mas potente solo a lo que fumas no me ha pasado personalmente pero si es una opción que nunca he descartado. El hecho de exponerse también es relevante porque le he comprado a gente de no muy buena pinta y la vdd la mitad de las veces me podrían haber robado y no hay mucho que se pueda hacer en ese caso. Yo ahora quería comenzar con el cultivo porque es una mejor opción en la calidad (generalmente lo que se compra es cultivado en masa con poco cuidado y de otros Países o lugares más fáciles para la producción de está).
Asi que si, cultivar tu mismo es mucho mucho mejor que comprar un producto que no conoces su procedencia y aparte sigue siendo un delito de microtráfico, con los papeles necesarios se puede plantar. Y mucho cuidado con drogas mas dura, estan a muy fácil alcance fácil hoy en día.
Hola Eve, la diferencia puede ser enorme ya que lo que se consigue en la calle no se sabe lo que contenga, algunas veces usan químicos para poder transportar la cannabis entre las fronteras. El autocultivo es la opción más saludable y segura, no sólo porque tienes control absoluto de lo que cultivas y cómo lo cultivas (si quieres hacer un cultivo 100% orgánico por ejemplo), pero por lo que mencionas de la gente inescrupulosa que al final lo que les importa es vender y no solamente cannabis. Si necesitas ayuda escríbenos a marketing@astrogrowshop.cl, podemos orientarte en tu primer cultivo. Que te vaya muy bien Eve!
Hola, quisiera saber si hay un poco mas de información legal acerca de la importación de productos en base a CBD
no te puedo creer que tu ex pareja de acuse , weon que verguenza me dio ser hombre , enserio no t e lo puedo creer
Gracias por la información.-